La Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos de la ONU de 1988, indica en su preámbulo que los individuos, los grupos y las instituciones que contribuyen a la eliminación efectiva de todas las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos y los individuos cuentan como defensores de Derechos Humanos.
El Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas de 2006, presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, indica que defensor de derechos es “toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional”.